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Condiciones Generales

Estas Condiciones Generales entran en vigor el 1 de julio de 2026.

Índice:

Artículo 1 - Definiciones

Artículo 2 - Identidad del empresario

Artículo 3 - Aplicabilidad  

Artículo 4 - La oferta  

Artículo 5 - El contrato  

Artículo 6 - Derecho de desistimiento  

Artículo 7 - Obligaciones del consumidor durante el plazo de reflexión  

Artículo 8 - Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y costes correspondientes  

Artículo 9 - Obligaciones del empresario en caso de desistimiento  

Artículo 10 - Exclusión del derecho de desistimiento  

Artículo 11 - El precio  

Artículo 12 - Cumplimiento y garantía adicional  

Artículo 13 - Entrega y ejecución  

Artículo 14 - Transacciones de tracto sucesivo: duración, rescisión y prórroga  

Artículo 15 - Pago  

Artículo 16 - Procedimiento de reclamaciones  

Artículo 17 - Litigios y derecho aplicable  

Artículo 18 - Disposiciones complementarias o divergentes

Artículo 19 - Modificación de las Condiciones Generales


En estas condiciones se entenderá por:

1. Contrato complementario: un contrato por el que el consumidor adquiere productos, contenido digital y/o servicios en relación con un contrato a distancia, y dichos bienes, contenido digital y/o servicios son suministrados por el empresario o por un tercero en virtud de un acuerdo entre dicho tercero y el empresario;
2. Plazo de reflexión: el período durante el cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
3. Consumidor: la persona física que no actúa con fines relacionados con su actividad comercial, empresarial, artesanal o profesional;
4. Día: día natural;
5. Contenido digital: datos producidos y suministrados en formato digital;
6. Contrato de duración continuada: un contrato que tiene por objeto el suministro regular de bienes, servicios y/o contenido digital durante un período determinado;
7. Soporte duradero: cualquier medio - incluido el correo electrónico - que permita al consumidor o al empresario almacenar información dirigida personalmente a él de manera que pueda consultarla o utilizarla en el futuro durante un período acorde con la finalidad de la información y que permita reproducir sin cambios la información almacenada;
8. Derecho de desistimiento: la posibilidad del consumidor de desistir del contrato a distancia durante el plazo de reflexión;
9. Empresario: la persona física o jurídica que ofrece productos, contenido digital (o acceso a él) y/o servicios a distancia a los consumidores a los consumidores;
10. Contrato a distancia: contrato celebrado entre el empresario y el consumidor en el marco de un sistema organizado de venta a distancia de productos, contenido digital o servicios, en el que, hasta la celebración del contrato inclusive, se utiliza exclusivamente o también una o varias técnicas de comunicación a distancia;
11. Formulario modelo de desistimiento: el formulario modelo europeo de desistimiento que figura en el Anexo I de estas condiciones; no será necesario poner el Anexo I a disposición del consumidor si este no tiene derecho de desistimiento respecto de su pedido;
12. Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para celebrar un contrato sin que el consumidor y el empresario tengan que encontrarse simultáneamente en el mismo espacio.

Artículo 2 - Identidad del empresario

Nombre del empresario: JohnBeerens.com B.V.

Que opera bajo el nombre o los nombres:

- JohnBeerens.com


Dirección del establecimiento:

Poppelseweg 1-04
5051 PL
Goirle
Países Bajos


Número de teléfono: +31 (0)13 530 2010

 

Horario de atención:

De lunes a viernes, de 09:00 a 17:30


Correo electrónico: info@johnbeerens.com

 

Número de registro mercantil: 57626561

Número de IVA: NL852664023B01


Artículo 3 - Aplicabilidad

1. Estas condiciones generales se aplican a todas las ofertas del empresario y a todos los contratos a distancia celebrados entre el empresario y el consumidor.
2. Antes de la celebración del contrato a distancia, se pondrá a disposición del consumidor el texto de estas condiciones generales. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia, el empresario indicará de qué manera pueden consultarse las condiciones generales en sus instalaciones y que, a petición del consumidor, se le enviarán gratuitamente lo antes posible.
3. Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, como excepción a lo dispuesto en el apartado anterior y antes de la celebración del contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica de manera que pueda guardarlo fácilmente en un soporte duradero. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia se indicará dónde pueden consultarse las condiciones generales por vía electrónica y que, a petición del consumidor, se le enviarán gratuitamente por vía electrónica o de otro modo.
4. Si, además de estas condiciones generales, también se aplican condiciones específicas para productos o servicios, se aplicarán asimismo los apartados segundo y tercero, y, en caso de contradicción entre las condiciones, el consumidor podrá acogerse siempre a la disposición aplicable que le resulte más favorable.

Artículo 4 - La oferta

1. Si una oferta tiene un período de validez limitado o está sujeta a condiciones, esto se indicará expresamente en la oferta.
2. La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos, el contenido digital y/o los servicios ofrecidos. La descripción debe ser lo suficientemente detallada como para permitir al consumidor evaluar adecuadamente la oferta. Si el empresario utiliza imágenes, estas deben representar fielmente los productos, servicios y/o contenidos digitales ofrecidos. Los errores o equivocaciones manifiestos en la oferta no serán vinculantes para el empresario.
3. Cada oferta incluirá información suficiente para que el consumidor conozca claramente los derechos y obligaciones asociados a su aceptación.

Artículo 5 - El contrato

1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, el contrato se celebrará en el momento en que el consumidor acepte la oferta y cumpla las condiciones establecidas para ello.
2. Si el consumidor ha aceptado la oferta por medios electrónicos, el empresario confirmará sin demora y por medios electrónicos la recepción de dicha aceptación. Mientras el empresario no haya confirmado la recepción de esta aceptación, el consumidor podrá resolver el contrato.
3. Si el contrato se celebra por medios electrónicos, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transmisión electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario aplicará las medidas de seguridad adecuadas.
4. Dentro de los límites legales, el empresario puede comprobar si el consumidor puede cumplir con sus obligaciones de pago, así como conocer todos aquellos hechos y factores que sean importantes para celebrar responsablemente el contrato a distancia. Si, sobre la base de esta investigación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, tiene derecho a rechazar justificadamente un pedido o una solicitud, o a establecer condiciones especiales para su ejecución.
5. A más tardar en el momento de la entrega del producto, servicio o contenido digital al consumidor, el empresario le facilitará la siguiente información por escrito o de manera que el consumidor pueda almacenarla de forma accesible en un soporte duradero:

a. la dirección física del establecimiento del empresario a la que el consumidor puede dirigirse para presentar reclamaciones;
b. las condiciones y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una indicación clara de que el derecho de desistimiento está excluido;
c. la información sobre las garantías y el servicio posventa existente;
d. el precio del producto, servicio o contenido digital, incluidos todos los impuestos; cuando proceda, los gastos de entrega; y la forma de pago, entrega o ejecución del contrato a distancia;
e. los requisitos para rescindir el contrato si su duración supera un año o es indefinida;
f. si el consumidor tiene derecho de desistimiento, el formulario modelo de desistimiento.

6. En el caso de una transacción de duración continuada, la disposición del apartado anterior solo se aplica a la primera entrega.

Artículo 6 – Derecho de desistimiento


En el caso de productos:

1. El consumidor puede rescindir un contrato de compra de un producto durante un plazo de reflexión de 14 días sin necesidad de indicar los motivos. El empresario puede preguntar al consumidor el motivo del desistimiento, pero no puede obligarlo a indicar sus motivos.
2. El plazo de reflexión mencionado en el apartado 1 comienza el día siguiente a aquel en que el consumidor, o un tercero designado previamente por el consumidor que no sea el transportista, haya recibido el producto, o:

a. si el consumidor ha pedido varios productos en un mismo pedido: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el último producto. El empresario puede rechazar un pedido de varios productos con distintos plazos de entrega, siempre que haya informado claramente al consumidor de ello antes del proceso de pedido.
b. si la entrega de un producto consta de varios envíos o partes: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el último envío o la última parte;
c. en el caso de contratos de suministro periódico de productos durante un período determinado: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el primer producto.


En el caso de servicios y contenidos digitales que no se hayan suministrado en un soporte material:

3. El consumidor puede rescindir un contrato de prestación de servicios y un contrato de suministro de contenidos digitales que no se hayan suministrado en un soporte material durante un plazo de 14 días sin necesidad de indicar los motivos. El empresario puede preguntar al consumidor el motivo del desistimiento, pero no puede obligarlo a indicar sus motivos.
4. El plazo de reflexión mencionado en el apartado 3 comienza el día siguiente a la celebración del contrato.


Ampliación del plazo de reflexión para productos, servicios y contenidos digitales suministrados en un soporte no material cuando no se informa sobre el derecho de desistimiento:

5. Si el empresario no ha facilitado al consumidor la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento o el formulario modelo de desistimiento, el plazo de reflexión vencerá doce meses después de que finalice el plazo de reflexión original, determinado de conformidad con los apartados anteriores de este artículo.
6. Si el empresario facilita al consumidor la información mencionada en el apartado anterior dentro de los doce meses siguientes a la fecha de inicio del plazo de reflexión original, este vencerá 14 días después del día en que el consumidor haya recibido dicha información.

Artículo 7 - Obligaciones del consumidor durante el plazo de reflexión

1. Durante el plazo de reflexión, el consumidor tratará el producto y su embalaje con cuidado. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para determinar su naturaleza, características y funcionamiento. El principio es que el consumidor solo puede manipular e inspeccionar el producto como se le permitiría hacerlo en una tienda.
2. El consumidor solo será responsable de la depreciación del producto que se derive de una manipulación que exceda lo permitido en el apartado 1.
3. El consumidor no será responsable de la depreciación del producto si el empresario no le ha facilitado toda la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento antes de la celebración del contrato o en el momento de esta.

Artículo 8 - Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y costes correspondientes

1. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, deberá comunicárselo al empresario dentro del plazo de reflexión mediante el formulario modelo de desistimiento o por cualquier otro medio inequívoco.
2. Lo antes posible, pero en un plazo de 14 días a partir del día siguiente a la notificación mencionada en el apartado 1, el consumidor devolverá el producto o lo entregará al empresario (o a un representante autorizado por este). Esto no será necesario si el empresario se ha ofrecido a recoger el producto. El consumidor habrá respetado en todo caso el plazo de devolución si devuelve el producto antes de que venza el plazo de reflexión.
3. El consumidor devolverá el producto con todos los accesorios suministrados, si es razonablemente posible en su estado y embalaje originales, y de conformidad con las instrucciones razonables y claras proporcionadas por el empresario.
4. El consumidor asumirá el riesgo y la carga de la prueba del ejercicio correcto y oportuno del derecho de desistimiento.
5. El consumidor asumirá los gastos directos de devolución del producto. Si el empresario no le ha informado de que debe asumir dichos gastos o indica que los asumirá él mismo, el consumidor no tendrá que pagar los gastos de devolución.
6. Si el consumidor desiste tras haber solicitado expresamente que la prestación del servicio o el suministro de gas, agua o electricidad que no estén preparados para la venta en un volumen o cantidad determinados comience durante el plazo de reflexión, deberá pagar al empresario un importe proporcional a la parte de la obligación que este haya cumplido en el momento del desistimiento, en comparación con el cumplimiento total de la obligación.
7. El consumidor no asumirá ningún coste por la ejecución de servicios o el suministro de agua, gas o electricidad que no estén preparados para la venta en un volumen o cantidad limitados, ni por el suministro de calefacción urbana, si:

a. el empresario no ha proporcionado al consumidor la información legalmente exigida sobre el derecho de desistimiento, el reembolso de los costes en caso de desistimiento o el formulario modelo de desistimiento; o
b. el consumidor no ha solicitado expresamente que la ejecución del servicio o el suministro de gas, agua, electricidad o calefacción urbana comience durante el plazo de reflexión.

8. El consumidor no asumirá ningún coste por el suministro total o parcial de contenido digital que no se entregue en un soporte material, si:

a. no ha aceptado expresamente, antes de la entrega, que la ejecución del contrato comience antes de que finalice el plazo de reflexión;
b. no ha reconocido que perderá su derecho de desistimiento al dar su consentimiento; o
c. el empresario no ha confirmado la declaración del consumidor.

9. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, todos los contratos complementarios quedarán rescindidos automáticamente.

Artículo 9 - Obligaciones del empresario en caso de desistimiento

1. Si el empresario permite que el consumidor comunique el desistimiento por medios electrónicos, enviará sin demora un acuse de recibo tras recibir dicha comunicación.
2. El empresario reembolsará todos los pagos del consumidor, incluidos los gastos de entrega que haya cobrado por el producto devuelto, sin demora y, en cualquier caso, en un plazo de 14 días a partir del día en que el consumidor le comunique su desistimiento. Salvo que el empresario se ofrezca a recoger el producto, podrá esperar para efectuar el reembolso hasta haber recibido el producto o hasta que el consumidor demuestre que lo ha devuelto, según cuál de estos momentos se produzca primero.
3. El empresario utilizará para el reembolso el mismo medio de pago que el consumidor haya utilizado, salvo que este acepte otro método. El reembolso no tendrá ningún coste para el consumidor.
4. Si el consumidor ha elegido un método de entrega más caro que la entrega estándar más barata, el empresario no está obligado a reembolsar los costes adicionales del método más caro.

Artículo 10 - Exclusión del derecho de desistimiento


El empresario puede excluir del derecho de desistimiento los siguientes productos y servicios, pero solo si lo ha indicado claramente en la oferta o, en todo caso, con suficiente antelación antes de la celebración del contrato:

1. Productos o servicios cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tiene influencia y que puedan producirse durante el plazo de desistimiento
2. Contratos celebrados durante una subasta pública. Se entiende por subasta pública un método de venta mediante el cual el empresario ofrece productos, contenido digital y/o servicios al consumidor que está presente en persona o tiene la posibilidad de estarlo en la subasta, dirigida por un subastador, y en la que el mejor postor está obligado a adquirir los productos, el contenido digital y/o los servicios;
3. Contratos de servicios, una vez que el servicio se haya ejecutado íntegramente, pero solo si:

a. la ejecución ha comenzado con el consentimiento expreso y previo del consumidor; y
b. el consumidor ha declarado que pierde su derecho de desistimiento en cuanto el empresario haya ejecutado íntegramente el contrato;

4. Viajes combinados en el sentido del artículo 7:500 del Código Civil neerlandés y contratos de transporte de pasajeros; 
5. Contratos de servicios para la provisión de alojamiento, si en el contrato se prevé una fecha o un período determinados para su ejecución y el alojamiento no está destinado a vivienda, transporte de mercancías, servicios de alquiler de automóviles y catering;
6. Contratos relativos a actividades de ocio, si en el contrato se prevé una fecha o un período determinados para su ejecución;
7. Productos fabricados según las especificaciones del consumidor, que no estén prefabricados y se fabriquen a partir de una elección o decisión individual del consumidor, o que estén claramente destinados a una persona específica;
8. Productos que se deterioren rápidamente o tengan una vida útil limitada;
9. Productos precintados que no sean aptos para su devolución por razones de protección de la salud o higiene y cuyo precinto se haya roto después de la entrega;
10. Productos que, después de la entrega, por su naturaleza se mezclen irrevocablemente con otros productos;
11. Bebidas alcohólicas cuyo precio se haya acordado al celebrarse el contrato, pero cuya entrega solo pueda tener lugar después de 30 días y cuyo valor real dependa de fluctuaciones del mercado sobre las que el empresario no tiene influencia;
12. Grabaciones de audio o vídeo y programas informáticos precintados, cuyo precinto se haya roto después de la entrega;
13. Periódicos, revistas o magazines, con excepción de suscripciones a estos;
14. La entrega de contenido digital que no se suministra en un soporte material, pero solo si:

a. la ejecución ha comenzado con el consentimiento expreso y previo del consumidor; y
b. el consumidor ha declarado que, al hacerlo, pierde su derecho de desistimiento.

Artículo 11 - El precio

1. Durante el período de validez indicado en la oferta, no se aumentarán los precios de los productos y/o servicios ofrecidos, salvo por cambios derivados de modificaciones de los tipos del IVA.
2. Como excepción a lo dispuesto en el apartado anterior, el empresario podrá ofrecer a precios variables productos o servicios cuyos precios estén sujetos a las fluctuaciones del mercado financiero sobre las que no tenga influencia. La oferta indicará esta sujeción a las fluctuaciones y que los precios eventualmente indicados son orientativos.
3. Los aumentos de precio que se produzcan dentro de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo están permitidos si se deben a disposiciones o normas legales.
4. Los aumentos de precio que se produzcan a partir de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo están permitidos si el empresario así lo ha estipulado y:

a. se deban a disposiciones o normas legales; o
b. el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato a partir del día en que entre en vigor el aumento del precio.
5. Los precios indicados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.

Artículo 12 - Cumplimiento del contrato y garantía adicional

1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen el contrato, las especificaciones indicadas en la oferta, los requisitos razonables de calidad y/o utilidad y las disposiciones legales y/o reglamentos gubernamentales vigentes en la fecha de celebración del contrato. Si así se acuerda, el empresario garantiza asimismo que el producto es apto para un uso distinto del normal.
2. La garantía adicional ofrecida por el empresario, su proveedor, fabricante o importador nunca limita los derechos y reclamaciones legales que el consumidor puede hacer valer frente al empresario en virtud del contrato si este incumple la parte del contrato que le corresponde.
3. Se entiende por garantía adicional todo compromiso del empresario, su proveedor, importador o fabricante por el que se concedan al consumidor determinados derechos o reclamaciones que excedan las obligaciones legales en caso de incumplimiento de la parte del contrato que le corresponda.

Artículo 13 - Entrega y ejecución

1. El empresario actuará con la máxima diligencia posible al recibir y ejecutar los pedidos de productos y al evaluar las solicitudes de prestación de servicios.
2. Se considerará lugar de entrega la dirección que el consumidor haya comunicado al empresario.
3. Sin perjuicio de lo dispuesto al respecto en el artículo 4 de estas condiciones generales, el empresario ejecutará los pedidos aceptados con la debida diligencia y, a más tardar, en un plazo de 30 días, salvo que se haya acordado otro plazo de entrega. Si la entrega se retrasa o si un pedido no puede ejecutarse o solo puede ejecutarse parcialmente, se informará al consumidor de ello, a más tardar, 30 días después de que haya realizado el pedido. En ese caso, el consumidor tendrá derecho a resolver el contrato sin coste alguno y a recibir, en su caso, una indemnización por daños y perjuicios.
4. Tras la resolución conforme al apartado anterior, el empresario reembolsará sin demora el importe que haya pagado el consumidor.
5. El riesgo de deterioro o pérdida de los productos correrá a cargo del empresario hasta el momento de su entrega al consumidor o a un representante designado previamente y cuya identidad se haya comunicado al empresario, salvo que se haya acordado expresamente lo contrario.

Artículo 14 - Transacciones de tracto sucesivo: duración, rescisión y prórroga


Rescisión:

1. El consumidor podrá rescindir en todo momento un contrato celebrado por tiempo indefinido que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las condiciones de rescisión acordadas y un plazo de preaviso máximo de un mes.
2. El consumidor podrá rescindir en todo momento, al finalizar el plazo determinado, un contrato celebrado por un plazo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las condiciones de rescisión acordadas y un plazo de preaviso máximo de un mes.
3. El consumidor podrá rescindir los contratos mencionados en los apartados anteriores:

a. rescindirlo en todo momento, sin limitar la rescisión a una fecha o período determinados;
b. rescindirlo, como mínimo, del mismo modo en que lo celebró;
c. rescindirlo en todo momento con el mismo plazo de preaviso que el empresario haya pactado para sí;


Prórroga:

4. Un contrato celebrado por un plazo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios no podrá prorrogarse ni renovarse tácitamente por un plazo determinado.
5. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato celebrado por un plazo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de diarios, periódicos y semanarios y revistas podrá prorrogarse tácitamente por un plazo determinado de un máximo de tres meses, siempre que el consumidor pueda rescindir el contrato prorrogado al final de la prórroga con un preaviso máximo de un mes.
6. Un contrato celebrado por un período determinado para la entrega periódica de productos o servicios solo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindirlo en cualquier momento con un plazo de preaviso máximo de un mes. El plazo de preaviso será de un máximo de tres meses cuando el contrato prevea la entrega periódica, pero con una frecuencia inferior a una vez al mes, de diarios, periódicos semanales y revistas.
7. Un contrato de duración limitada para la entrega periódica, a modo de prueba o de presentación, de diarios, periódicos semanales y revistas (suscripción de prueba o de presentación) no se prorrogará tácitamente y finalizará automáticamente al concluir el período de prueba o de presentación.


Duración:

8. Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá rescindirlo en cualquier momento una vez transcurrido un año, con un plazo de preaviso máximo de un mes, salvo que la razonabilidad y la equidad se opongan a la rescisión antes de que finalice el plazo acordado.

Artículo 15 - Pago

1. Salvo que el contrato o las condiciones adicionales dispongan otra cosa, los importes adeudados por el consumidor deberán abonarse en un plazo de 14 días desde el inicio del período de desistimiento o, si no existe tal período, en un plazo de 14 días desde la celebración del contrato. En el caso de un contrato de prestación de servicios, este plazo comienza el día siguiente a aquel en que el consumidor haya recibido la confirmación del contrato.
2. En la venta de productos a consumidores, las condiciones generales nunca podrán obligar al consumidor a pagar por adelantado más del 50%. Si se ha acordado un pago por adelantado, el consumidor no podrá hacer valer ningún derecho relativo a la ejecución del pedido o servicio correspondiente antes de haber efectuado dicho pago.
3. El consumidor tiene la obligación de comunicar sin demora al empresario cualquier inexactitud en los datos de pago facilitados o indicados.
4. Si el consumidor no cumple puntualmente sus obligaciones de pago, una vez que el empresario le haya advertido del retraso y le haya concedido un plazo de 14 días para cumplirlas, y el pago siga pendiente al vencer dicho plazo de 14 días, deberá abonar los intereses legales sobre el importe aún adeudado y el empresario podrá cobrar los gastos extrajudiciales de cobro en que haya incurrido. Estos gastos de cobro ascienden como máximo a: el 15% de los importes pendientes hasta 2.500 €; el 10% de los siguientes 2.500 € y el 5% de los siguientes 5.000 €, con un mínimo de 40 €. El empresario puede apartarse de dichos importes y porcentajes en beneficio del consumidor.

Artículo 16 - Procedimiento de reclamaciones

1. El empresario dispone de un procedimiento de reclamaciones suficientemente difundido y tramita las reclamaciones de conformidad con dicho procedimiento.
2. Las reclamaciones relativas a la ejecución del contrato deberán presentarse al comerciante dentro de un plazo razonable desde que el consumidor haya detectado los defectos, con una descripción completa y clara.
3. Las reclamaciones presentadas al comerciante recibirán respuesta en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción. Si una reclamación requiere un plazo de tramitación previsiblemente más largo, el comerciante responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo e indicará cuándo puede esperar el consumidor una respuesta más detallada.
4. En cualquier caso, el consumidor deberá dar al comerciante un plazo de 4 semanas para resolver la reclamación de mutuo acuerdo.
Artículo 17 - Litigios y derecho aplicable

1. Los contratos entre el comerciante y el consumidor a los que se aplican estas condiciones generales se regirán exclusivamente por el derecho neerlandés.
2. Las reclamaciones relativas a la ejecución del contrato deberán presentarse al comerciante dentro de un plazo razonable desde que el consumidor haya detectado los defectos, con una descripción completa y clara.  
3. Las reclamaciones presentadas al comerciante recibirán respuesta en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción. Si una reclamación requiere un plazo de tramitación previsiblemente más largo, el comerciante responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo e indicará cuándo puede esperar el consumidor una respuesta más detallada.  
4. Si una reclamación no puede resolverse de mutuo acuerdo, surgirá un litigio que podrá someterse al procedimiento de resolución de litigios. El consumidor también podrá presentar el litigio a través de la plataforma europea ODR (https://ec.europa.eu/consumers/odr).
5. Los litigios también podrán someterse al juez neerlandés competente.

Artículo 18 - Disposiciones complementarias o divergentes  

Las disposiciones complementarias o que se aparten de estas condiciones generales no podrán ser perjudiciales para el consumidor y deberán constar por escrito o de tal forma que el consumidor pueda almacenarlas de manera accesible en un soporte de datos duradero.


Anexo I: Formulario modelo de revocación


Formulario modelo de revocación


(complete y envíe este formulario solo si desea revocar el contrato)

a. A la atención de: [nombre del comerciante]
[ geografisch adres ondernemer]
[ faxnummer ondernemer, indien beschikbaar]
[ e-mailadres of elektronisch adres van ondernemer] 

b. Por la presente le comunico/comunicamos* que yo/nosotros* revoco/revocamos* nuestro contrato relativo a
la venta de los siguientes productos: [descripción del producto]*
la entrega del siguiente contenido digital: [descripción del contenido digital]*
la prestación del siguiente servicio: [descripción del servicio]*,
revoca/revocan*
 

c. Pedido el*/recibido el* [fecha del pedido en el caso de servicios o de recepción en el caso de productos]  
d. [Nombre del/de los consumidor(es)]
e. [Dirección del/de los consumidor(es)]
f. [Firma del/de los consumidor(es)] (solo cuando este formulario se presente en papel)


* Tache lo que no corresponda o complete lo que corresponda.

 

Datos de dirección:

JohnBeerens.com B.V.

Poppelseweg 1-04

5051 PL Goirle

Países Bajos

Número de la Cámara de Comercio: 57626561

Número de IVA: NL852664023B01